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16 ene 2013

Información sobre autónomos (y II). ¿Qué contiene un informe investigado?


Como vimos en el post anterior, existen dificultades legales y de acceso a fuentes de información pública sobre la información de un autónomo y el único modo legal y garantizado para cualquier interesado en este tipo de información es la investigación. Siempre, por supuesto, contando con que tengo interés legítimo en conocer esa información.

Ahora bien, ¿qué necesito saber de ese autónomo? Los datos que necesito pueden ser diferentes si busco información preventiva, por ejemplo para conceder o denegar una forma de pago a un cliente nuevo o habitual o conocer mejor a una persona, o información resolutiva, si lo que busco es encontrar los bienes de ese autónomo para compensar una deuda, por ejemplo.

Aquí resumo los puntos que suelen ser más importantes en un informe sobre un autónomo, y que suelen requerir investigación para obtener la información real y actualizada, la que queremos tener en la mano para tomar la mejor decisión:
  1. ¿Tiene empleados a su cargo? Si el autónomo en cuestión es empresario (administrador), podemos obtener este dato en cualquiera de los proveedores de información comercial (como ya vimos en el anterior post). De otro modo, se trata de un dato que hay que investigar, y que nos da una imagen sobre el tamaño del negocio. La evolución del número de empleados en los últimos años puede hablarnos, por ejemplo, de un bache o un momento crítico en su trayectoria, si ha descendido mucho.
  2. ¿Ha cambiado recientemente de domicilio? Como en el caso anterior se puede solicitar a los proveedores de información comercial, pero en la gran mayoría de los casos es un dato que se tiene que investigar, y que también nos proporciona una información muy interesante: ¿dónde está el negocio? ¿es un local comercial? ¿está en un polígono industrial? ¿en un centro de negocios? etc…
  3. ¿A qué se dedica exactamente? ¿Tiene actividad? Evidentemente en muchas ocasiones el CNAE se nos queda muy corto para analizar estos datos sobre un autónomo, por lo que responder a estas preguntas gracias a la investigación es crucial. Conocer la actividad real de esa persona (abogada, transportista, dentista, dueño de una floristería…) y, por supuesto, si a día de hoy tiene actividad.
  4. ¿Cuál es su compartimiento de pagos y cómo ha sido en los últimos años? Sin duda son datos útiles, conocer si ha tenido dificultades con proveedores o con bancos. O si ha tenido alguna incidencia judicial, no sólo como empresa sino también a nivel personal, con algún Organismo Oficial.
  5. ¿Cuánto ha facturado? En caso de ser un autónomo empresario es un dato que hay que investigar, ya que no existe una fuente abierta en la que obtenerlo.
  6. ¿Tiene propiedades o las ha tenido? Cuando se trata de investigaciones resolutivas, relacionadas con recuperación de deuda, este es un dato fundamental ya que nos indica la solvencia de esta persona a través de esas propiedades (que pueden estar embargadas, hipotecadas o libres de cargas). También cobra especial importancia en investigaciones sobre posibles alzamientos de bienes, ya que sabremos si tuvo propiedades anteriormente y cuando las vendió.
  7. ¿Tiene cargo o ha tenido en consejos de administración de empresas? En caso positivo, es fundamental conocer el estado de las mismas (si tienen actividad, si tienen propiedades, si son buenas pagadoras en sus compromisos de pago).
  8. Su cónyuge. Puede ser determinante tener información sobre su actividad comercial, al poder estar vinculada.
  9. Más cosas. Dependiendo de la actividad, hay otra información que nos ayuda, y mucho, a tener una radiografía completa del autónomo. El número de vehículos y marca, en el caso de sector transporte; el número de cajas, la superficie del local o el número de neveras en el caso de un super, o el número de camiones o el tipo de maquinaria en el caso de dedicarse a los azulejos, por ejemplo… Las posibilidades, como en casi todo lo relacionado con la investigación, son casi infinitas…

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8 ene 2013

Investigar a una persona: el informe inicial, punto de partida


Cada vez son más demandados los servicios de investigación económica de un detective, es decir, cualquier tipo de investigación realizada por un detective privado que cubra la necesidad de información para tomar una decisión y en la que lo económico sea uno de los motivos principales de la solicitud de nuestro cliente. La información obtenida gracias a un detective supone un valor añadido en estas situaciones.

Pero ojo, estas investigaciones no se centran sólo en empresas. Recordemos que el detective es el único que puede aportar datos de personas físicas, por lo que en multitud de ocasiones la investigación se centra en una persona.

¿Quiénes son las personas investigadas?
Objeto común de estas investigaciones son las personas que vinculan su vida a un negocio propio, consejeros de empresas, directores financieros, gerentes, administradores, autónomos, empresarios, accionistas…hasta empleados y parados. Por otra parte, es frecuente encontrarse con empresas que han solicitado un crédito a una entidad bancaria, o quieren trabajar con otras empresas como proveedores o, una vez que han trabajado, les ha dejado pendiente una deuda de varias facturas.  

Todo ello requiere investigación económica. El detective debe aportar al cliente lo que precisa, convirtiéndose en consultor, e implicándose en sus necesidades, esto es, entender su problema. 

¿Qué debe contener el informe inicial?
En todas las investigaciones es recomendable realizar un informe inicial que consistirá en un resumen de la recopilación de información de fuentes abiertas o públicas, posteriormente se comienza a investigar para incorporar datos que no son públicos.

  • Nombre: En el caso que el cliente no facilite el DNI ni el nombre correcto de la empresa o persona física a investigar, es importante hacer las gestiones correspondientes para averiguar el nombre completo y correcto del investigado. En el caso de una persona física, nombre y apellidos (uno o varios dependiendo de la nacionalidad). Podemos encontrarnos con nombres unívocos (aquel que es el único a nivel nacional), lo que nos da la certeza de que se trata de la persona investigada, o por el contrario, nombres muy comunes, tipo José García García o Juan  López Fernández, que complican la cosa.
  • NIF: Disponer del número correcto nos ahorrará tiempo y dudas a la hora de empezar a investigar y hacer solicitudes a organismos oficiales.
  • Domicilio: ¿es de su propiedad? ¿dónde está? ¿quiénes son los propietarios? ¿está libre de cargas? 
  • Cónyuge: nombre y NI. Posteriormente se realizan los mismos pasos que con el primer investigado.
  • Fecha y lugar de nacimiento. Es un dato importante. Conocer la edad es un ingrediente más para valorar su experiencia y puede servir de filtro en el caso de no disponer del NIF y que se trate de un nombre común.
  • ¿A qué se dedica para obtener ingresos? ¿es autónomo? ¿pertenece al consejo de administración de alguna empresa a nivel nacional? ¿trabaja por cuenta ajena? Sobre estas empresas vinculadas, dependiendo del tipo de investigación, averiguar quiénes son los socios, a que se dedican, donde, desde cuando, nº de empleados, experiencia en el comportamiento de sus pagos, cuanto factura...
  • Trayectoria: ¿qué actividad ha desarrollado en su pasado? ¿cómo es su historial profesional? Su solvencia económica (propiedades, patentes, etc...). Sobre su experiencia en el comportamiento de sus pagos ¿Es  buen pagador? 
  • Internet: noticias, páginas web, anuncios, currículo... 


3 ene 2013

Detectives por el Mundo: Pakistán

Para elaborar el articulo de este país he contado con la colaboración de un gran amigo de la APDPE, se trata de Rashid Ali Malik, antiguo brigadier de las fuerzas armadas de Pakistán, ex presidente de la World Association of Detectives WAD entre los años 2009 y 2010. Actualmente Rashid es el responsable del despacho Security 2000, fundado en el año 95, con central en Karachi y delegaciones en Irán, Bangladesh y Afganistán y con las principales empresas de Pakistán como clientes. 

La figura de “detective” o “investigador privado” no está permitida en Pakistán. No existe Licencia Oficial, cualquier persona que lo haga no está cumpliendo con la legalidad, y son, como hemos visto en otros países, las empresas de seguridad las que cubren las necesidades de investigación de sus clientes: protección de ejecutivos, búsqueda de antecedentes, consultoría de seguridad, investigaciones de seguros, protección de transporte de dinero y servicios de propiedad intelectual...

Por esta razón es complicado valorar el número de detectives que hay en el país, y no existen asociaciones de detectives, aunque sí una asociación de empresas de Seguridad: APSSA.

Los informes realizados por estas empresas de seguridad no pueden ser usados en un juzgado, aunque dependiendo del tipo de pruebas aportadas en ocasiones lo dan por válido.

Los ciudadanos de Pakistán tienen un número de identificación que se llama Computerized National Identity Card (CNIC) que se emite a partir de los 18 años de edad. 

Sobre las empresas existe información pública accesible. También se puede conocer si un ciudadano de Pakistán tiene dificultades en sus pagos con las entidades bancarias con las que opera, aunque el acceso es restringido.

Es posible también conocer las propiedades que tenga un ciudadano, aunque esa información no está centralizada y es un requisito imprescindible conocer donde se encuentra la propiedad. Existen “Housing Authorities” (Registros de la propiedad) y empresas especializadas en grabar esta información.

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Estos son los datos de Rashid por si necesitas contactar con él:

Rashid Ali Malik
Mobile (24hrs): +92-300-8227007

21 dic 2012

Sólo los Detectives Privados


Ante las dudas que surgen muchas veces a los clientes sobre la figura del Detective Privado y el uso que se puede hacer de la información obtenida a través de nuestros servicios, creo que puede ser muy interesante este post, dejando claros varios puntos:

  1. Los Detectives Privados son los ÚNICOS profesionales habilitados y reconocidos por Ley para realizar investigaciones privadas de carácter económico, laboral, mercantil y financiero (Tribunal Supremo. Sentencia de la sección 5a, sala 3a del 19/02/08, recurso 170/95 | Ley 23/92 de Seguridad Privada. Artículo 19).
  2. El cliente puede aportar el informe de un Detective Privado como prueba en un tribunal siempre que contrate a profesionales debidamente habilitados (Ley 01/2000 de Enjuiciamiento Civil. Artículo 265).
  3. El encargo de un informe de un Detective debe estar motivado por un interés legítimo que guarde relación con la persona investigada (Ley 23/92 de Seguridad Privada).
  4. Toda la información aportada por el informe de un Detective Privado está exenta de la normativa de Protección de Datos al estar elaborada de conformidad con la normativa de la vigente Ley y Reglamento de Seguridad Privada (Ley Orgánica de Protección de Datos. Artículo 6.1 | Ley 23/92 de Seguridad Privada. Artículos 19-20 y concordantes | Reglamento de la Ley de Seguridad Privada. Artículo 103 y concordantes).
  5. El cliente puede ceder los datos del investigado a los Detectives Privados para la investigación e incorporar los datos investigados siempre que sea con la misma finalidad para la que se realizó la investigación (Audiencia Nacional. Sentencia 21/01/2010 (Rec. 682/09) de la Sección 1a de la Sala de lo Contencioso Administrativo).

Y para terminar varios aspectos fundamentales para saber distinguir a un Detective Privado de alguien que no lo es. También es interesante esta página de la web de la APDPE "¿Cómo saber si se contrata a un verdadero Detective?":

  1. Todos los Detectives Privados tienen su correspondiente Tarjeta de Identificación Privada (T.I.P.) con la que firman sus informes.
  2. Todas las investigaciones están inscritas en un Libro de Registro, presentado regularmente en la Dirección General de la Policía y Guardia Civil, según las directrices que marca el Ministerio del Interior.
  3. La actividad de un Detective Privado debe desarrollarse con profesionalidad, honestidad y sentido del deber, tal y como marca el código deontológico acordado para esta profesión por los miembros de la Asociación Profesional de Detectives Privados de España (APDPE).

10 dic 2012

Detectives por el Mundo: Tailandia


Paul D Bromberg es director general del Grupo Spectrum Oso Asia, con oficinas en Japón, China, Hong Kong, Tailandia y Vietnam. Se trata de uno de los pocos despachos especializados en información financiera, un especialista en la parte continental de China y Sudeste de Asia en lo relacionado con la información de riesgo financiero. Paul escribe artículos, da conferencias y es autor del libro “Casino Industry in Asia Pacific”.


Sobre nuestra profesión en Tailandia me cuenta que no existe regulación legal con los detectives. Aunque sí hay investigadores privados, se trata de una figura como hemos visto en otros países más relacionada con las empresas de seguridad que con la figura que todos tenemos en mente. Aunque sí reconoce que algunos profesionales tienen licencia gubernamental, no es posible saber el número aproximado de personas que se dedican a esta profesión. No existen asociaciones de detectives en Tailandia, pero sí hay asociaciones relacionadas con la seguridad donde alguno de ellos está inscrito.

Las tres principales asociaciones de Seguridad son:




Todos los ciudadanos tailandeses disponen de un número de identificación. Este consta de una serie de 13 dígitos en el formato X-XXXX-XXXXX-XX-X, que se asigna al nacer o al recibir la ciudadanía. El primer dígito representa el tipo de ciudadanía, del segundo al quinto de la oficina donde se emitió la serie, del sexto al duodécimo grupo y números de secuencia, y los últimos actos dígitos como un dígito de verificación.

Respecto a los datos de las empresas, cuentan con un principio de transparencia en la información, esta es pública, incluyendo sus cuentas anuales. Existen algunas empresas con bases de datos de morosidad sobre empresas y personas físicas pero se trata de un servicio privado (ya no son fuentes abiertas). Los registros de la propiedad no están centralizados y tampoco son públicos, por lo que hay que contar con la colaboración de investigadores de la zona. 

Una de las empresas dedicadas a la información es INRA (International Research Associates). Los informes realizados por investigadores privados tienen cierto tipo de validez en los juzgados, pero según nos cuenta Paul cuando se trata de investigaciones sobre grandes empresas o personas importantes del país, advierten a los clientes que es mejor no llegar a juicio.

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Si necesitas contactar con Paul D Bromberg, estos son sus datos

Two Pacific Place, Ste. 1202, 142 Sukhumvit Road 
Bangkok 10110 Thailand
Tel: +662-626-0250 
Fax: +66-2-626-0254 

27 nov 2012

Información sobre autónomos (I). Las limitaciones de la información pública

Imaginemos un mundo ideal en el que yo, responsable de tomar decisiones de Riesgos de mayor o menor envergadura, tuviera una completa y exhaustiva información de la persona física que tengo delante, ya sea administrador, autónomo o profesional. Toda la información relacionada con su actividad, con su trayectoria, su comportamiento de pagos…

Bien, pasemos a la realidad. Pero no perdáis de vista ese mundo “onírico”.

Como hemos visto en otras ocasiones, a la hora de buscar información de una empresa tenemos varias fuentes de información, siempre que se trate de sociedades mercantiles (SA, SL, etc…) podemos encontrar datos suficientes en fuentes abiertas como el Registro Mercantil o en los informes comerciales (credit report) de cualquiera de los proveedores habituales online (Informa, Axesor, Iberinform, Informes Online, etc…).

Pero ¿qué ocurre cuando necesito información sobre un autónomo *?
En el caso que la búsqueda sea positiva, las empresas de informes comerciales nos ofrecen los siguientes datos del autónomo:
  • Nombre
  • Dirección
  • Actividad
  • Número de empleados
  • Incidencias judiciales

Pero, en el caso de los autónomos las posibilidades de acceso a fuentes de información públicas son mucho más limitadas. Las dos fuentes principales para los proveedores de información comercial son, además de la encuesta directa con la conocimiento y consentimiento del autónomo, las Cámaras de Comercio y el Registro Mercantil, y las limitaciones son claras:
  • Por un lado, nuestra Ley Orgánica de Protección de Datos es muy restrictiva, y en nuestro país se incumple la Directiva Europea de transparencia, ya que nuestra institución registral NO publica los números de identificación de administradores y otros órganos sociales.
  • Por otro, Camerdata, el fichero que se nutre de los censos de las diferentes Cámaras de Comercio, presenta varios problemas:

  1. Se actualiza sólo una vez al año
  2. No contiene información de determinados profesionales colegiados como médicos, abogados o arquitectos, por ejemplo, así como empresas y autónomos no obligados a estar dados de alta en el IAE.


Estas y otras limitaciones provocan que de los 1,7 millones de empresarios individuales que recoge actualmente, el 37% (más de 650.000) están inactivos en la actualidad.

Actualmente, según nuestros cálculos, casi 4 millones de personas desarrollan actividad empresarial en nuestro país como persona física. Esto quiere decir que tenemos acceso a la información de sólo un 25% de ellos. Una información que puede ser básica en un momento determinado para nosotros, pero que nos perdemos en 3 de cada 4 ocasiones, más si hablamos de incidencias (en este caso, casi el 90% de la información no queda recogida en fuente pública).

Termino con dos preguntas. En el caso de que mi búsqueda sobre un autónomo sea positiva, ¿son suficientes los datos que proporciona un informe comercial sobre un autónomo? Posiblemente no, pero son los únicos que la Ley les permite disponer.

Y, ¿qué hacemos en aquellos casos en los que en nuestra búsqueda de información comercial online nos encontremos con un resultado negativo? En mi opinión en esta, y en la anterior pregunta, la investigación es la respuesta.


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* ¿Que consideramos autónomo?
Aquí tenéis un pequeño resumen de los perfiles incluidos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (por supuesto, la info más completa está en la web de la Seguridad Social)
  • Personas físicas que realizan de forma habitual, personal y directa la actividad económica a titulo lucrativo, sin sujeción a contrato de trabajo, facturando la actividad realizada con su NIF.
  • Cónyuges y familiares hasta el tercer grado que colaboran con el anterior de forma personal, habitual y directa y no son asalariados.
  • Profesionales que ejercen una actividad por cuenta propia, no sujetos a las Cámaras de Comercio.
  • Quienes ejercen cargos de consejero o administrador.
  • Los socios industriales de sociedades regulares colectivas y de sociedades comanditarias.
  • Los socios trabajadores de cooperativas y sociedades laborales
  • Los comuneros o socios de comunidades de bienes y sociedades civiles

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25 oct 2012

Detectives por el Mundo: Eslovenia


Drago Kupnik, Secretario de la Junta de la Asociación de Detectives de Eslovenia, es quien colabora en la realización de este artículo.

Ser detective en Eslovenia
Eslovenia cuenta desde el 11 de marzo de 2.011 con una Ley específica para los detectives privados (publicada en Official Gazette of the RS, No 17/11, ZDD-1).
Ninguna persona puede encargar servicios de detective privado en la Republica de Eslovenia a alguien que no posea una licencia válida. Una licencia que es garantía de que una persona cumple los siguientes requisitos:

  • Se trata de un ciudadano de la Republica de Eslovenia o un miembro de la Unión Europea, Área Europea Económica o de la Confederacion de Suiza
  • Ha adquirido calificaciones en el primer nivel del programa de estudio profesional o una calificación equivalente en el extranjero
  • Ha pasado el examen correspondiente
  • Verifica que no tiene antecedentes relacionados con la seguridad
  • En los últimos 2 años no ha sido empleado como policía o ha ejercido como oficial para el Servicio de Inteligencia Esloveno, la Agencia de Seguridad o el Ministerio de Defensa.

La formación se realiza en la Facultad de Justicia Criminal y Seguridad (Universidad de Maribor.  Kotnikova 8, SI-1000 Ljubljana, Slovenia. Tel: + 386 (0)1 300 83 00, Fax: + 386 (0)1 230 26 87 E-mail: fvv@fvv.uni-mb.si). Antes de realizar el examen correspondiente, un candidato a Licencia de Detective tiene que haber realizado programas de formación profesional y desarrollar su conocimientos y habilidades (80 horas).

En la actualidad ejercen en Eslovenia 85 detectives privados y 7 agencias.

La Asociación 
En Eslovenia existe únicamente una asociación “Private Investigation Chamber of the Republic of Slovenia".

Sobre el número de identificación de los eslovenos
Los eslovenos tienen un número de identificación que se llama EMŠO, se trata de un número de identificación único, además de un número especifico para impuestos. No disponen de un número de seguridad social especial. Las empresas y otro tipo de personas jurídicas tienen a su vez un número de identificación y un número para sus impuestos.

Sobre la información pública de empresas
Algunos datos de empresa son públicos como el nombre, dirección, número de identificación, nombre de directivos, accionistas, cuentas anuales... Estos datos se pueden localizar en la página www.ajpes.si (AJPES). Los datos correspondientes a rating crediticio no son gratuitos.

Sobre AJPES
Se trata de una fuente de información primaria, es un Registro Mercantil, indispensable, oficial y público sobre empresas en Eslovenia. Pertenece a European Business Register (EBR) y proporciona el acceso directo en línea a la información de una empresa de forma detallada. Este servicio lo proporcionan a las empresas de información de crédito, que estructuran los datos y aportan información sobre riesgo crediticio.

Sobre las empresas de crédito
Para obtener los datos que no se pueden encontrar gratuitamente en la web de AJPES se puede contratar la información a empresas como GVIN  o IBON.

Sobre el Registro de la Propiedad
Para conocer si una empresa o una persona física tiene propiedades se puede consultar GURS (The Surveying and Mapping Authority of the Republic of Slovenia) y Land Registry at Slovenian Court.

Saber si alguien paga o no en Eslovenia
Los datos sobre si una persona paga o no, un crédito bancario por ejemplo, no son públicos, aunque los bancos en Eslovenia tienen un protocolo especial que les permite intercambiar información sobre deudores.
En AJPES hay un registro sobre empresas que tienen cuentas bloquedas por impago en bancos (esta es una información pública).

¿Se puede presentar el informe de detective como prueba en un Tribunal? 
Se puede presentar pero depende del Juzgado (depende del tema y del contenido del informe) si se acepta como prueba o no.

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Si necesitas contactar con la Asociación, estos son sus datos:

Detective Chamber of the Republic of Slovenia
Stegne 21, p.p. 581
1002 SI-LJUBLJANA
Office Building ISKRA SISTEMI
Teléfono: 01 5113960, fax: 01 5113961
E-mail: detektivska-zbornica@siol.net